1.1 FINALIDAD DE LAS LUCES DEL VEHÍCULO
1.1 FINALIDAD DE LAS LUCES DEL VEHÍCULO
Las luces y demás dispositivos luminosos del vehículo están destinados a:
- Indicar la presencia del vehículo (ser vistos).
- Alumbrar la vía (ver y ser vistos).
- Avisar a los demás usuarios (señalizar y ser vistos).
Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de la vía afectados por la señal «Túnel», deben llevar encendido el alumbrado que corresponda.
Se entiende por vía insuficientemente iluminada aquella en la que no se puede leer la placa de matrícula de otro vehículo a 10 metros de distancia o no se distinga un vehículo pintado de oscuro a 50 metros.
Si a causa de una avería irreparable en ruta del sistema de alumbrado, tuviera que circular con una luz de alumbrado de intensidad inferior, deberá reducir la velocidad hasta conseguir una velocidad que permita detener el vehículo dentro de la zona iluminada.
