La vía pública es el espacio donde conviven conductores, peatones y animales.
Todos estos usuarios tienen derechos, obligaciones y prohibiciones en buscan del bien común, la seguridad de todos. Por ello, la colaboración entre los usuarios es esencial.
Principios a cumplir:
- NO MOLESTAR: Se molesta incumpliendo las normas y señales de circulación, faltando a la cortesía, a la educación vial o cívica… Por ello, debemos respetar las normas de circulación y debemos ser solidarios, educados y respetuosos con los demás.
- NO SORPRENDER: No se debe sorprender a los demás usuarios con maniobras súbitas y sin previo aviso. Debemos avisar con suficiente antelación y claridad, para dar tiempo a los demás para reaccionar.
- ADVERTIR: Señalizar correctamente las maniobras, con suficiente antelación, para que sean percibidas y comprendidas por el resto. El simple hecho de advertir no nos otorga derecho a realizar la maniobra, sino que hay que realizarla correctamente y sin peligro.
- COMPRENDER: Además de comprender las advertencias de los demás, debemos comprender y disculpar los errores ajenos, sin que sirvan para justificar los propios o para adoptar un comportamiento agresivo.
1.1 OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR
1.1 OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR
- Conducir con diligencia y precaución para evitar todo daño, propio o ajeno, quedando terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario, circular por espacios no permitidos como las aceras. No se debe circular en zigzag, especialmente con el tráfico saturado.
- Estar en condiciones de controlar su vehículo y al aproximarse a otros usuarios de la vía adoptarán las precauciones necesarias para la seguridad de los mismos, especialmente con niños, ancianos, invidentes y personas con problemas de movilidad o manifiestamente impedidas.
- Mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. Para ello, cuidarán especialmente de mantener su posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos transportados.
1.2 PROHIBICIONES DEL CONDUCTOR
1.2 PROHIBICIONES DEL CONDUCTOR
- Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD (excepto cámaras de maniobras traseras, dispositivos GPS –no pudiendo manipularse con el vehículo en movimiento– y monitores necesarios para la visión de acceso y bajada de peatones al vehículo).
- Conducir utilizando (incluso sujetando con la mano aunque no se utilice) dispositivos de telefonía móvil u otro medio de comunicación, salvo que pueda realizarse sin emplear las manos, usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.
- Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la enseñanza y las pruebas de aptitud en circuito abierto para obtener el permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas. No se considerará dentro de la prohibición la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción.
1.3 OTRAS PROHIBICIONES
1.3 OTRAS PROHIBICIONES
- Los usuarios de la vía deben comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes.
- Tienen prohibido arrojar, depositar o abandonar sobre la vía -o sus inmediaciones-, objetos o materias que puedan producir incendios o contaminación, deteriorar la vía o hacerla peligrosa, entorpecer la circulación o poner en peligro la seguridad.
- Si se hubiera creado sobre la vía algún obstáculo o peligro, tras señalizar convenientemente el vehículo o el obstáculo creado, tanto de día como de noche, adoptarán las medidas necesarias para que sea retirado en el menor tiempo posible, deberán sacarlo de la calzada y situarlo cumpliendo las normas de estacionamiento siempre que sea factible.
- Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
- Está prohibido emitir o realizar señales a otros usuarios para advertir de la presencia o vigilancia de los agentes de tráfico.
- La emisión de perturbaciones electromagnéticas, ruidos, gases y otros tipos de contaminación que superen los límites establecidos. Especialmente, circular con escape libre o sin dispositivo silenciador de explosiones.
- La carga o repostaje de combustible deberá hacerse con el motor parado, así como cortar el contacto, apagar las luces, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles.
