Manual Permiso A1 / A2

Tema 8: Las Señales

2 AGENTES
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Los usuarios deberán obedecer inmediatamente las señales y órdenes (serán visibles y fácilmente reconocibles) de los agentes de la circulación, que prevalecen sobre las demás señales y normas de circulación, aunque estén en contradicción con ellas. Éstas se realizarán:

  • Con los brazos.
  • Con el silbato.
  • Desde el vehículo.

2.1 SEÑALES CON LOS BRAZOS

BRAZO LEVANTADO VERTICALMENTE

Obliga a detenerse a todos los usuarios que se acerquen al agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente.

La detención debe efectuarse:

  • Ante la línea de detención más cercana.
  • Si no existe línea, antes del agente.
  • En una intersección, antes de entrar en ella (los conductores que ya estén dentro no están obligados a detenerse).
  • En el lugar que señale el agente después de hacer la señal.

► BRAZO O BRAZOS EXTENDIDOS HORIZONTALMENTE

Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente, desde las direcciones que corten la indicada por el brazo o brazos extendidos y cualquiera que sea el sentido de su marcha.

Las señales de los agentes permanecen en vigor aunque el agente baje los brazos, siempre que no cambien de posición o realicen otra señal.

► BALANCEO DE UNA LUZ ROJA O AMARILLA

Obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.

► BRAZO EXTENDIDO MOVIÉNDOLO ALTERNATIVAMENTE ARRIBA Y ABAJO

Obliga a disminuir la velocidad a los conductores que se acerquen perpendicularmente al brazo que ejecuta la señal.

2.2 SEÑALES CON EL SILBATO

Cuando el agente realiza con el silbato:

  • Una serie de toques cortos y frecuentes ordena la detención de los vehículos.
  • Un toque largo, ordena reanudar la marcha.

2.3 SEÑALES DESDE EL VEHÍCULO

Los agentes podrán dar órdenes o indicaciones a los usuarios, mientras utilizan la señal luminosa V-1, a través de la megafonía o por cualquier otro medio, entre los cuales están los siguientes:

► BANDERAS

  • Bandera roja: Indica que a partir del paso del vehículo que la lleva, la calzada queda temporalmente cerrada al tráfico de todos los usuarios, excepto para aquellos que son acompañados o escoltados por los agentes de la autoridad.
  • Bandera amarilla: Indica la necesidad de extremar la atención o la proximidad de un peligro. También pueden utilizarla el personal que realice funciones de orden, control o seguridad durante las marchas ciclistas u otra actividad, deportiva o no, en las vías públicas.
  • Bandera verde: Indica que a partir del paso del vehículo que la lleva, la calzada queda de nuevo abierta al tráfico.

► BRAZO EXTENDIDO HACIA ABAJO INCLINADO Y FIJO

El agente desde un vehículo indica la obligación de detenerse en el lado derecho, a los usuarios a los que va dirigida la señal.

► LUZ ROJA INTERMITENTE O DESTELLEANTE HACIA DELANTE

Indica al conductor del vehículo que circula delante, que debe detenerse en el lado derecho delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de usuarios, y obedecer las instrucciones que el agente dé mediante la megafonía. 

2.4 OTRAS SEÑALES

Los agentes podrán utilizar cualquier otra indicación distintas a las anteriores, cuando las circunstancias así lo exijan y se realicen de forma clara.

2.5 AUXILIAN A LOS AGENTES

En los casos que no existan agentes de la circulación o para ayudar a éstos:

  • El personal de obras en la vía y el de acompañamiento de vehículos de transporte especial, podrán regular el paso mediante el empleo de las señales incorporadas a una paleta, debiendo los conductores obedecer sus indicaciones.
  • Las patrullas escolares podrán “invitar” a los usuarios de la vía a que detengan su marcha, utilizando la señal incorporada a una paleta.

Además:

  • La Policía Militar podrá regular la circulación.
  • Cuando la autoridad competente autorice la celebración de actividades deportivas o actos que aconsejen establecer limitaciones a la circulación en vías urbanas o interurbanas, la autoridad responsable del tráfico podrá habilitar al personal de protección civil o de la organización responsable para impedir el acceso de vehículos o peatones a la zona o itinerario afectados.

Deberán utilizar prendas de colores llamativos y dispositivos o elementos retrorreflectantes que permitan a los conductores y demás usuarios que se aproximen distinguirlos a una distancia mínima de 150 metros.